
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA – MODALIDAD A DISTANCIA
Se los convoca a los señores/as socios de la Asociación Bibliotecarios de Córdoba (ABC), a participar de la Asamblea General Ordinaria modalidad a distancia, a realizarse el Sábado 16 de noviembre de 2024 a las 10.00 hs., a través de la plataforma Meet Ingreso: http://meet.google.com/edd-xwvv-fkc para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1) Designación de dos asociados que suscriban el acta de asamblea junto al Presidente y Secretario.
2) Elección de autoridades órganos sociales Asociación Bibliotecarios de Córdoba periodo 3 años.
3) Cambio de domicilio legal Asociación Bibliotecarios de Córdoba
4) Cuota social
Aviso importante
Para poder participar en la Asamblea General Ordinaria deberá tener Ciudadano Digital Nivel II que permite la constatación de la identidad.
Se solicita que para ingresar a la plataforma Meet donde se desarrollará la Asamblea General Ordinaria, el asociado tenga correo electrónico Gmail y que el mismo sea aquel registrado en la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital” del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Estatuto Social de la Asociación Bibliotecarios de Córdoba
Artículo 5º- La Asociación establece las siguientes categorías de asociados: a) ACTIVOS: Las personas que posean título habilitante para el ejercicio de la Bibliotecología, Documentación y Ciencia de la Información otorgado por instituciones de enseñanza de nivel universitario y terciario. b) PROTECTORES: Las personas que reúnan las condiciones para ser socios Activos, y estén dispuesto a contribuir con una cuota social mayor. c) ADHERENTES: Las personas vinculadas con la Bibliotecología, Documentación y Ciencia de la Información que no reúnan las condiciones establecidas para ser socios activos, caso del título habilitante. Los mismos pagarán una cuota social menor. d) BENEFACTORES: Serán aquellas personas jurídicas que contribuyan a la Asociación con una cuota social establecida periódicamente en Asamblea.
Artículo 6º-Los socios ACTIVOS y PROTECTORES tienen los siguientes derechos y obligaciones: a) Abonar puntualmente las contribuciones ordinarias y extraordinarias que se establezcan. b) Cumplir con las demás obligaciones que impongan este Estatuto, Reglamentos y Resoluciones emanadas de la Asamblea y de la Comisión Directiva. c) Participar con voz y voto en las Asambleas cuando cuente con un año de antigüedad y se encuentre al día con tesorería. d) Ser elegidos para integrar los Órganos Sociales. e) Gozar de los beneficios que otorga la entidad.
Artículo 7º-Los socios ADHERENTES tienen los siguientes derechos y obligaciones: a) Abonar puntualmente las contribuciones ordinarias y extraordinarias que se establezcan. b) Cumplir con las demás obligaciones que impongan este Estatuto, Reglamentos y Resoluciones emanadas de la Asamblea y de la Comisión Directiva. c) Participar con voz en las Asambleas cuando cuente con un año de antigüedad y se encuentre al día con tesorería. d) Gozar de los beneficios que otorga la entidad. Los socios Adherentes no tendrán derecho a voto en las Asambleas, ni podrán ser elegidos para integrar los órganos sociales.
Artículo 8º-Los socios BENEFACTORES tienen los siguientes derechos y obligaciones: a) Abonar puntualmente las contribuciones ordinarias y extraordinarias que se establezcan. b) Cumplir con las demás obligaciones que impongan este Estatuto, Reglamentos y Resoluciones emanadas de la Asamblea y de la Comisión Directiva. c) Participar con voz, a través de su representante en las Asambleas cuando cuente con un año de antigüedad y se encuentre al día con tesorería. d) Gozar de los beneficios que otorga la entidad. Los socios Benefactores no tendrán derecho a voto en las Asambleas, ni podrán ser elegidos para integrar los órganos sociales.
Artículo 11º-Perderá su condición de asociado el que hubiere dejado de reunir las condiciones requeridas por este Estatuto. Aquel que se atrase en el pago de dos (2) cuotas anuales o de cualquier otra contribución establecida. Para ello será notificado vía correo electrónico institucional de esta Asociación, de su obligación de ponerse al día con Tesorería. Pasado 15 días de la notificación sin que haya dado respuesta a la misma y sin haber regularizado su situación, la Comisión Directiva declarará la cesantía del asociado moroso.
TITULO IX – DE LAS ASAMBLEAS
Artículo 27º- Habrá dos clases de Asambleas Generales, Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Generales Ordinarias tendrán lugar una vez por año, dentro de los Ciento Veinte ( 120) días posteriores al cierre del Ejercicio, cuya fecha de clausura será el 30 de abril de cada año y en ellas se deberá: a) Considerar, aprobar o modificar la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización; b) Elegir en su caso, mediante voto secreto y directo, a los miembros de la Junta Electoral, de la Comisión Directiva y del Órgano de Fiscalización; c) Tratar cualquier otro asunto incluido en el Orden del Día; d) Considerar los asuntos que hayan sido propuestos por un mínimo del cinco por ciento (5 %) de los socios en condiciones de votar y presentados a la Comisión Directiva hasta treinta (30) días antes del cierre de ejercicio.-
Artículo 28º- Las Asambleas Generales Extraordinarias serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo estime necesario o cuando lo soliciten el Órgano de Fiscalización o el diez por ciento (10%) de los asociados con derecho a voto. Estos pedidos deberán ser resueltos dentro de los treinta días de formulados y si no se tomase en consideración la solicitud o se negare infundadamente, a juicio de la autoridad de aplicación, se procederá de conformidad a las normas legales que rigen la materia.
Artículo 29°- Las Asambleas Generales serán convocadas con no menos de veinte (20) días de antelación y se informará a los asociados mediante transparente en la Sede Social y/o mediante los medios de comunicación de la Asociación, con por lo menos diez (10) días de anticipación, debiéndose expresar fecha, hora, lugar de celebración y orden del día a considerar.
Con la misma antelación deberá ponerse a disposición de los asociados, en el local social, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización. Asimismo, toda convocatoria a Asamblea deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia por el término de un (1) día y comunicarse a las autoridades competentes en la forma y término previstos en disposiciones legales en vigencia.
Artículo 31°- Las Asambleas se celebrarán válidamente, aún en los casos de reformas de estatuto, fusión, escisión y de disolución social, sea cual fuere el número de socios presentes, media hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no hubiere reunido la mitad más uno de los socios en condiciones de votar.
Las Asambleas serán presididas por el Presidente de la Entidad o, en su defecto, por quien la Asamblea designe a pluralidad de votos de los presentes.
TITULO X- DE LA JUNTA ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES
Artículo 33°- La Asamblea General Ordinaria renovará la Junta Electoral compuesta de DOS (2) miembros titulares y UN (1) Suplente, quienes deberán reunir las condiciones requeridas en el Art. 16 del presente estatuto. Su mandato durará 3 años y sus funciones serán las siguientes: a) Verificar periódicamente las altas y bajas de los asociados, cuidando de que las mismas sean resueltas en sesión de Comisión Directiva, registradas en el Libro Digital de Actas y posteriormente en el Registro de Asociados Digital; b) Verificar la confección del padrón social que deberá exhibirse en la Sede Social y/o mediante los medios de comunicación de la Asociación. Las oposiciones al mismo se aceptarán hasta tres días hábiles antes del comicio; c) Resolver respecto a las oposiciones efectuadas al padrón; d) Las exclusiones del padrón motivadas por incumplimiento en el pago de cuotas sociales ordinarias o extraordinarias, podrán ser subsanadas por los interesados hasta cinco días hábiles antes del acto asambleario, oblando su deuda total al establecido para la celebración de dicho acto social; e) Receptar las listas con los candidatos, las cuales deberán ser presentadas con el aval de quince (15) socios con derecho a voto como mínimo, con no menos de diez (10) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la realización de la Asamblea.; f) Oficializar las listas de candidatos a autoridades, que se presenten con no menos de diez días hábiles de antelación, debiendo pronunciarse dentro de las 48 horas siguientes. Toda objeción resuelta por la Junta, deberá ser solucionada por la lista hasta tres días hábiles antes del Acto Electoral; g) Oficiar de Junta Escrutadora de votos; h) Proclamar a los electos.
Los Miembros de la Junta Electoral no podrán postularse como candidatos a autoridades de la Entidad ni podrán ser apoderados ni Fiscales de listas. La ausencia o vacancia de un miembro titular será cubierta por el miembro suplente, agotadas las suplencias, las posteriores vacancias serán cubiertas por los miembros del Órgano de Fiscalización.
Normativa IPJ. Modalidad a distancia.
Resolución 25/2020 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el lunes 06 de abril de 2020. Año CVII – Tomo DCLXIV – Nº 77. Córdoba, (R.A.)
https://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2020/04/1_Secc_060420.pdf
Asamblea General Extraordinaria
Plazos
Convocatoria 20 días de antelación. Artículo 29 Estatuto
- 25 de octubre de 2024. Acta 244
Primera publicación del padrón de socios ABC.
El Estatuto de la ABC no contempla la publicación del padrón social de socios. En este sentido, se toma como criterio el establecido por el Estatuto Modelo de Asociaciones Civiles del IPJ, TITULO X- DE LA JUNTA ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES ARTICULO 31 inciso b) Verificar la confección del padrón social que deberá exhibirse en la Sede Social y presentarse a la autoridad de control quince días antes de la fecha de celebración de la Asamblea en la que corresponde elegir autoridades.
- 25 de octubre de 2024
Pago de cuotas sociales atrasadas para poder participar en la Asamblea General Ordinaria
El Estatuto de la ABC contempla en su TITULO X- DE LA JUNTA ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES en su Artículo 33° inciso d) Las exclusiones del padrón motivadas por incumplimiento en el pago de cuotas sociales ordinarias o extraordinarias, podrán ser subsanadas por los interesados hasta cinco días hábiles antes del acto asambleario, oblando su deuda total al establecido para la celebración de dicho acto social.
- Fecha límite que se receptará pago de cuotas atrasadas: 08/11/2024
Publicación en el Boletín Oficial Electrónico (BOE) del Gobierno de la Provincia de Córdoba por el término de 1 (un) día, según Artículo 27 Estatuto.
- Una vez publicado en el Boletín Oficial Electrónico se comunicará el mismo día a todos los socios de la publicación: 4 de noviembre de 2024.
Poner a disposición de los socios
Las exclusiones del padrón motivadas por incumplimiento en el pago de cuotas sociales ordinarias o extraordinarias, podrán ser subsanadas por los interesados hasta cinco días hábiles antes del acto asambleario, oblando su deuda total al establecido para la celebración de dicho acto social
- 8 de noviembre de 2024
Receptar las listas con los candidatos, las cuales deberán ser presentadas con el aval de quince (15) socios con derecho a voto como mínimo, con no menos de diez (10) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la realización de la Asamblea.
- 1 de noviembre de 2024
Las listas deben enviarse al correo institucional de la Asociación Bibliotecarios de Córdoba abibcor@gmail.com y al de la Junta Electoral juntaelectoral@abibcor.org.ar
Oficializar las listas de candidatos a autoridades, que se presenten con no menos de diez días hábiles de antelación, debiendo pronunciarse dentro de las 48 horas siguientes.
- 3 de noviembre de 2024
Toda objeción resuelta por la Junta, deberá ser solucionada por la lista hasta tres días hábiles antes del Acto Electoral
- 12 de noviembre de 2024
Oficiar de Junta Escrutadora de votos
- 16 de noviembre
Proclamar a los electos
- 16 de noviembre
TITULO X- DE LA JUNTA ELECTORAL Y DE LAS ELECCIONES
- Artículo 33°- La Asamblea General Ordinaria renovará la Junta Electoral compuesta de DOS (2) miembros titulares y UN (1) Suplente, quienes deberán reunir las condiciones requeridas en el Art. 16 del presente estatuto. Su mandato durará 3 años y sus funciones serán las siguientes: a) Verificar periódicamente las altas y bajas de los asociados, cuidando de que las mismas sean resueltas en sesión de Comisión Directiva, registradas en el Libro Digital de Actas y posteriormente en el Registro de Asociados Digital; b) Verificar la confección del padrón social que deberá exhibirse en la Sede Social y/o mediante los medios de comunicación de la Asociación. Las oposiciones al mismo se aceptarán hasta tres días hábiles antes del comicio; c) Resolver respecto a las oposiciones efectuadas al padrón; d) Las exclusiones del padrón motivadas por incumplimiento en el pago de cuotas sociales ordinarias o extraordinarias, podrán ser subsanadas por los interesados hasta cinco días hábiles antes del acto asambleario, oblando su deuda total al establecido para la celebración de dicho acto social; e) Receptar las listas con los candidatos, las cuales deberán ser presentadas con el aval de quince (15) socios con derecho a voto como mínimo, con no menos de diez (10) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la realización de la Asamblea.; f) Oficializar las listas de candidatos a autoridades, que se presenten con no menos de diez días hábiles de antelación, debiendo pronunciarse dentro de las 48 horas siguientes. Toda objeción resuelta por la Junta, deberá ser solucionada por la lista hasta tres días hábiles antes del Acto Electoral; g) Oficiar de Junta Escrutadora de votos; h) Proclamar a los electos.
- Los Miembros de la Junta Electoral no podrán postularse como candidatos a autoridades de la Entidad ni podrán ser apoderados ni Fiscales de listas. La ausencia o vacancia de un miembro titular será cubierta por el miembro suplente, agotadas las suplencias, las posteriores vacancias serán cubiertas por los miembros del Órgano de Fiscalización.
Cualquier consulta u objeción de los socios debe enviarse al correo institucional de la Asociación Bibliotecarios de Córdoba abibcor@gmail.com y al de la Junta Electoral juntaelectoral@abibcor.org.ar
Publicación definitiva del padrón social de socios ABC para la Asamblea General Ordinaria.
- Viernes 08/11/2024
Solicitar veedor a IPJ
Se realizará la solicitud de un veedor de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas 5 días hábiles antes de celebrarse la Asamblea General Ordinaria: Viernes 08/11/2024.
La Asociación Bibliotecarios de Córdoba, a través de su Junta Electoral, informa a sus socios y socias que el pasado viernes 1 de noviembre de 2024 finalizaba el plazo para presentar listas de candidatos para las elecciones que se realizarán en la próxima Asamblea General Extraordinaria a realizarse el próximo sábado 16 de noviembre de 2024. Habiéndose cumplido el plazo establecido se comunica que se presento una sola lista con los avales correspondientes (Estatuto versa en su ART.33 inc. …»e) Receptar las listas con los candidatos, las cuales deberán ser presentadas con el aval de quince (15) socios con derecho a voto como mínimo, con no menos de diez (10) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la realización de la Asamblea): Renovación Bibliotecaria
Oficialización de las listas de candidatos a autoridades
La Asociación Bibliotecarios de Córdoba, a través de su Junta Electoral oficializa la única lista presentada para las elecciones de candidatos 2024:
LISTA RENOVACIÓN BIBLIOTECARIA COMISIÓN DIRECTIVA (Período 2024-2027)
- José Luis DÍAZ, PRESIDENTE
- Julio Fabián MELIÁN, VICEPRESIDENTE
- María del Carmen FARFÁN PARDO, SECRETARIA
- Heber, CABRERA, PROSECRETARIO
- Silvia, VERGNANO, TESORERA:
- María Fernanda CUNEO, PRO-TESORERA
- Angélica Norma VILLARREAL, 1º VOCAL TITULAR
- Claudia Analía LÓPEZ, 2º VOCAL TITULAR
- Mónica Elisabet MEDINA, 1º VOCAL SUPLENTE
- María Luz CHAVES, 2º VOCAL SUPLENTE
COMISIÓN REVISORA de CUENTAS (Período 2024-2027)
- Fátima Lidia SERIONE, 1º MIEMBRO TITULAR
- Teresita del Valle ALDANA, 2º MIEMBRO TITULAR
- Marcela Alejandra PEREZ, 1º MIEMBRO SUPLENTE
JUNTA ELECTORAL (Período 2024-2027)
- Romina Leonor Vanesa FLORES, 1º MIEMBRO TITULAR
- Mario Patricio COX, 2º MIEMBRO TITULAR
- Graciela Adriana PÉREZ, 1º MIEMBRO SUPLENTE
Toda objeción resuelta por la Junta, deberá ser solucionada por la lista hasta tres días hábiles antes del Acto Electoral.
- 12 de noviembre de 2024
Publicación por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba